Juristas y operadores turísticos criticaron ayer la ley de ordenamiento territorial y afirmaron que constituye un ataque al derecho a la propiedad. La calificaron de inconstitucional e inaplicable. Temen que obstaculice proyectos de inversión.
"Es quizá la pieza legislativa peor hecha y más dañina y peligrosa que he visto en más de 35 años de ejercicio de la profesión y cinco como legislador. Es una ley que agrede principios jurídicos básicos, agrede el orden constitucional, agrede mal al derecho de propiedad -al que termina estatizándolo en buena medida- y agrede al sentido común", afirmó ayer el abogado Ignacio de Posadas durante una conferencia organizada por la Cámara de Turismo para analizar la ley 18.308 de ordenamiento territorial.
El ex ministro de Economía sostuvo que la ley aprobada en junio va a tener consecuencias "nefastas" en la inversión, por la inseguridad jurídica que genera y el "ataque" al derecho de propiedad que supone.
En el mismo sentido se expresó el escribano Roque Molla, quien advirtió que algunos de los artículos podrían ser inconstitucionales, otros de difícil aplicación y otros, por su confusa redacción, podrían llevar a interpretaciones erróneas.
Molla dijo que, de acuerdo a un estudio de la ley que realizó una comisión integrada por escribanos, abogados y agrimensores, se afecta la Constitución y el Código Civil.
El presidente de la Cámara Uruguaya de Turismo, Luis Borsari, dijo compartir totalmente las críticas expresadas por De Posadas y Molla.
"La Cámara es contraria a la ley de ordenamiento territorial. Hay una alta preocupación por el desconocimiento absoluto de la realidad turística y cómo puede afectar el desarrollo del sector", dijo a El País.
Críticas. De Posadas explicó que la ley, que tiene 84 artículos, es excesivamente reglamentarista y burocrática y tiene finalidades ilimitadas, con el agravante de que el ordenamiento territorial es privativo del Estado y escapa a la voluntad de las partes.
Sostuvo que transfiere competencias del Poder Legislativo a una serie de organismos estatales, en forma superpuesta, y otorga competencias "sin límites", sin respetar las garantías existentes.
"Es además una pieza legislativa de pésima calidad técnica, no utiliza prácticamente ningún concepto y ningún verbo propio del lenguaje jurídico, lo cual va a dar a innúmeras confusiones y discusiones, si es que se llega a aplicar", agregó.
Este texto, en lugar de utilizar términos jurídicos, refiere a instrumentos de ordenamiento territorial como directrices, programas, estrategias, ordenanzas y planes en el ámbito nacional, departamental, regional e interdepartamentales.
"Son instrumentos ajenos al orden jurídico que, entre otras cosas, establece jerarquías y acá no se sabe que prima sobre una directriz o un plan", aseguró.
De Posadas dijo a El País que lo más grave es que esta ley limita la libertad y hace muy "incierto" el derecho a la propiedad, lo que a su juicio es malo para el propietario y disuasivo para el que quiere invertir.
Tanto Molla como De Posadas criticaron también que no se haya dispuesto el derecho de indemnización, que se haya reducido el período de prescripción adquisitiva a 5 años y que se otorgue un derecho de preferencia a las intendencias sobre la compraventa de inmuebles.
El escribano señaló que gracias a este derecho de preferencia los gobiernos departamentales podrán adquirir los inmuebles que los particulares quieran vender, pero pagando el precio que determine la propia comuna y no el que el propietario disponga.
Además manifestó su preocupación por lo dispuesto con respecto al fraccionamiento de predios costeros, que consideró una "invasión directa del derecho de propiedad". La ley establece que la franja de 150 metros de la línea de ribera pasará a dominio público sin indemnización a sus actuales titulares.
"No hay conciencia en el Uruguay de la existencia de esta ley y del daño que va a causar. Está tan mal hecha que en algunas cosas va a ser inaplicable", concluyó De Posadas.
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